
Las redes de gas natural requieren, periódicamente, una certificación de conformidad a fin de garantizar que se encuentran en condiciones idóneas de operación, que a su vez brinden tranquilidad, tanto al usuario como al distribuidor de gas natural.
Dicha certificación debe realizarse cuando:
Se construye una instalación nueva de gas natural.
Cuando se realiza una modificación.
Cuando la instalación cumple entre 55 y 60 meses desde la última certificación.
Estas certificaciones son obligatorias, de acuerdo con la Resolución CREG 059 de 2012.
¿Qué es la revisión periódica en industrias?
Es la inspección obligatoria de la instalación interna de gas para las instalaciones que están en el periodo comprendido entre 55 y 60 meses desde la última certificación, realizada por un Organismo de Inspección Acreditado, dentro de los plazos mínimos y máximos definidos en la Resolución CREG 067 de 1995, modificada por la Resolución CREG 059 de 2012, desarrollada en cumplimiento de las normas o Reglamentos Técnicos vigentes.
Para consultar la Resolución CREG 059 de 2012 haga clic
aquí y para consultar el Reglamento Técnico de Instalaciones de Gas, haga clic
aquí
Los usuarios se notifican de la obligación una vez pasen los 55 meses después de la última certificación para que puedan iniciar el proceso con el OIA que seleccionen, adicional en los meses siguientes en la factura de consumo se informa el plazo máximo para la certificación.
Programe a tiempo su cita
Lo invitamos a programar con tiempo su cita ya que, en caso de encontrar algún defecto, deberá realizar reparaciones necesarias y llamar nuevamente para programar la visita para la certificación de la instalación. Los costos de esta revisión y de las reparaciones que resulten están a cargo del usuario.
Para solicitar su visita, le invitamos a contactar los diferentes Organismos de Inspección Acreditados con alcance Industrial que puede encontrar siguiendo el enlace:
Evite suspensiones
El proceso de Revisión Periódica busca prevenir accidentes en las instalaciones internas. En los casos donde el proceso no se pueda llevar a cabo, se suspende el servicio para evitar cualquier tipo de riesgo para su empresa.
Tenga presente para la certificación de las modificaciones en la red interna
Según lo dispuesto en el artículo 5 de la Resolución CREG 059 de 2012 “Ante cualquier modificación de la instalación Interna, el usuario deberá contratar personal calificado conforme a las normas o reglamentos técnicos vigentes y procederá a hacer revisar la instalación de manera inmediata con el fin de obtener el certificado de conformidad requerido y asegurarse de que este llegue al distribuidor”.
La certificación de redes industriales en usuarios nuevos
Le informamos que la Resolución 059 de 2012 de la Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG, determina que toda instalación interna de gas natural debe contar con un certificado de conformidad, para lo cual, un organismo de inspección acreditado por el ONAC con alcance industrial, evaluará las condiciones de seguridad de acuerdo a la Resolución del Ministerio de Minas y Energía 90902 de 2013.
Aplica para las instalaciones nuevas o en cualquier caso, toda aquella que no cuente con un certificado de conformidad. Tenga en cuenta que no realizar la certificación, obliga al distribuidor a realizar la suspensión del servicio de gas natural.
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