Costo de la Inspección
La Revisión Periódica tiene los siguientes costos:
Residenciales: $116.723 +IVA ($138.900)
Comerciales: $200.168 +IVA ($238.200)
Estos valores se financian a través de la factura de Gas Natural.
Estas tarifas entran en vigor el 1 de febrero de 2026.
Usted puede programar su revisión periódica con:
1. Organismos de Inspección Acreditados, con vínculo contractual con GdO, Gases de Occidente.
2. Organismos de Inspección Acreditados sin vínculo contractual con GdO, Gases de Occidente.
También puede dirigirse a las oficinas de servicio al cliente o comunicarse con nuestra línea de atención al cliente, en Cali 4187333 y en municipios 018000528888 o haciendo clic aquí.
Para consultar los Organismos de Inspección Acreditados ingrese al Organismo Nacional de Acreditación de Colombia ONAC - haciendo clic aquí y siga la siguiente ruta:
⦁ Haga clic en Directorio de Acreditados.
⦁ Haga clic en Buscar por Esquema de Acreditación.
⦁ Seleccione de la lista desplegable la opción: Organismos de Inspección (OIN).
⦁ Seleccione de la lista desplegable el Tipo de Inspección: INSTALACIONES INTERNAS PARA SUMINISTRO DE GAS COMBUSTIBLE.
⦁ Finalmente haga clic en BUSCAR.
La Certificación de reformas, adecuaciones y modificaciones de las instalaciones internas, tendrán el siguiente costo:
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Residenciales: $116.723 +IVA ($138.900)
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Comerciales: $200.168 +IVA ($238.200)
Estos valores se financian a través de la factura de Gas Natural.
Estas tarifas entran en vigor el 1 de febrero de 2026.
Esta certificación actualizará la fecha de la próxima Revisión Periódica del usuario por 5 años o hasta que realice alguna modificación que sea certificable.
Estas tarifas aplican para las inspecciones realizadas por los Organismos de Inspección Acreditados (OIA) que tienen vínculo contractual con GdO y el cobro se realizará a través de la factura de gas.
Los usuarios que realicen dichas modificaciones a su instalación y quieran certificar con un Organismo de Inspección Acreditado (OIA) independiente, deben hacerlo en el menor tiempo posible o corren el riesgo de la suspensión del servicio por no contar con un certificado vigente (Artículos 5 y 6 de la Resolución CREG 059-2012).